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Reseña del libro de Alberto B. Bianchi, La separación de poderes. Un estudio desde el derecho comparado, Cathedra Jurídica, 2019
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Reseña
del libro de
Alberto B. Bianchi, La separación de poderes. Un estudio desde el
derecho
comparado, Cathedra Jurídica, 2019
Por
Santiago María Castro Videla
Si
hay algo que caracteriza a Alberto B. Bianchi y sus obras, además de su
calidad
jurídica, es la capacidad para sorprender. Sorprende por su
originalidad, por
su profundidad y por realizar fundados y valiosos aportes a la ciencia
del
derecho desde una mirada crítica, aunque objetiva y desapasionada, no
importa
cuál sea el tema cuyo estudio acometa. Tiene, a su vez, el no menos
sorprendente don, propio de un jurista de su talla, de expresar las
ideas y
realidades más complejas con gran sencillez y claridad.
El
libro que aquí reseño brevemente no es la excepción a esa regla. En
este caso,
además, pienso que estamos ante la cúpula de una catedral que, como
académico
consagrado, el autor viene construyendo rigurosa y pacientemente hace
40 años.
Se afirma sobre las sólidas bases sentadas en 18 libros previos –y más
de 400
artículos– en los que ha estudiado –hasta prácticamente agotar– muchos
de los
temas más relevantes del derecho constitucional y administrativo.
Me
refiero particularmente a aquellos en los que el autor abordó la
historia de la
formación constitucional del Reino Unido, de los Estados Unidos y de
nuestra
propia Argentina, el control de constitucionalidad y los límites de la
función
jurisdiccional, la dinámica del Estado de Derecho y la seguridad
jurídica, la
delegación legislativa y las relaciones entre el Poder Legislativo y el
Poder
Ejecutivo, la regulación económica y las complejas tensiones que
genera, así
como también los distintos modelos de administración pública y su
relación con
el modelo de constitución y la propia separación de poderes.
Tales
estudios previos, de los que hemos abrevado muchos de quienes
cultivamos el
estudio del derecho constitucional y administrativo, sentaron las bases
para
que, hoy, vea la luz esta obra maestra de quien ya es uno de los más
destacados
hombres del derecho en nuestro país. Ello se advierte a lo largo de
todo el
libro, pero particularmente en los capítulos II a VI, en los que al
estudiar el
modelo de separación de poderes propio de cada uno de los sistemas que
analiza
(el británico, el francés, el estadounidense –como los principales– y
también
el canadiense, el español y el argentino, influidos por aquellos), se
detiene
en cada uno de esos engranajes del derecho constitucional y
administrativo, lo
que le permite hacer un diagnóstico de precisión, separando los matices
de las
cuestiones relevantes, comparando útil y gráficamente esos modelos con
base en
la realidad jurídica, política e institucional actual de cada país.
Es
realmente destacable cómo evidencia el autor que bajo una “teoría”
formulada
con aparente sencillez, en tanto su principal postulado consiste en
exigir que
haya tres poderes y que cada uno de ellos, separada, coordinada e
independientemente, legisle, administre y juzgue, tienen cabida una
gran
cantidad de alternativas y posibilidades diferentes, que de hecho
existen actualmente
y son estudiadas con profundidad en la obra. Esto se advierte
claramente en el
estudio que realiza de los tres principales modelos, el británico, el
francés y
el de los Estados Unidos, pues si bien todos ellos reconocen -en
teoría- la
existencia de poderes separados, como se advierte en la obra, difieren
sustancialmente en su instrumentación, particularmente en cuántos deben
ser los
poderes y cómo deben separarse.
En
este sentido, La separación de poderes. Un estudio desde el
derecho
comparado, se destaca a su vez por ofrecer una mirada global
e integral,
nutrida por un inigualable conocimiento de la historia (tanto general
como de
las instituciones púbicas en particular) y un riguroso estudio del
derecho
comparado. Tales características cobran especial relevancia en esta
obra, pues
permiten al autor identificar y explicar claramente cómo funciona en
los hechos
el modelo hoy vigente en cada uno de los sistemas jurídicos que
analiza, para
luego, y a partir de allí, formular su propuesta de interpretación
acerca de
qué es y cómo ha de entenderse realmente la “doctrina” de la separación
de
poderes.
El
libro comienza con una investigación sobre los orígenes históricos de
la
separación de poderes, que se remontan a Aristóteles –e incluso antes–
pasando
luego a describir su formulación inicial efectuada por Locke, la
definición y
precisión hecha por Montesquieu, entre otros de los pensadores más
relevantes
que han contribuido a su nacimiento, para luego explicar su
consagración
histórica con la Constitución de los Estados Unidos de 1787 y la
Revolución Francesa
de 1789, que receptó el principio en la mismísima Declaración de los
Derechos
del Hombre y del Ciudadano, materializado posteriormente en la
Constitución de
1791.
Distingue
claramente allí los primeros intentos por identificar las diferentes
“funciones”
del Estado de la formulación estricta de la “teoría” de la “separación
de
poderes”. No sólo ello, sino que además se encarga de poner a
disposición del
lector un prolijo análisis del pensamiento de sus principales críticos,
algunas
de cuyas valoraciones luego toma al ofrecer su propia evaluación y
formulación
de la doctrina estudiada. Al concluir este estudio inicial, y sobre
tales
bases, el autor extrae los principales modelos de separación de
poderes, que
identifica y define, y a cuyo estudio dedica los siguientes cinco
capítulos de
la obra.
En
estos capítulos, el autor no sólo describe críticamente cómo funciona
el modelo
en cada sistema, sino que, además, explica el porqué de ese
funcionamiento,
basándose para ello en las normas y principios constitucionales
vigentes en
cada país, el diseño y la práctica institucional, la tradición, los
precedentes
jurisprudenciales relevantes en la materia y la opinión de la doctrina.
Pero no
se limita a eso, sino que también descubre y explica las razones
históricas –y
hasta políticas y sociológicas– que en buena medida permiten comprender
cabalmente el particular modo de funcionamiento actual de cada modelo
en su
respectivo sistema.
El
libro permite así al lector comprender con claridad cómo una idea
general adopta
diversas formas y distintos puntos de equilibrio en cada sistema, con
sus
propias y particulares tensiones, así como las diferencias específicas
de cada
modelo: el británico, con la preeminencia del Parlamento y un Ejecutivo
integrado por miembros de aquél pero con una Corte Suprema en
funcionamiento desde
hace escasos diez años que ha despojado a la House of Lords
de una
función propia; el Francés, con una clara primacía del Poder Ejecutivo
(aunque
en permanente tensión histórica con el Parlamento) que se encuentra
sólo sujeto
al control de sus propios “tribunales” –con instancia final en el
Consejo de
Estado–, y un órgano no judicial –el Consejo Constitucional– que
monopoliza el
control de constitucionalidad; y, finalmente, el estadounidense, en el
que existen
claramente tres poderes iguales –al menos en lo jurídicamente formal,
como
destaca el autor–, aunque la arquitectura constitucional de todo el
sistema descanse
en el menos representativo de ellos: la Corte Suprema.
El
estudio que el autor realiza en el libro que aquí reseño demuestra que
la
separación de poderes no está ni puede ser reducida a un modelo único y
universal, sino que cada país la ajusta de algún modo a sus propias
particularidades históricas e idiosincrasia política y social. Pero no
sólo
eso, sino que, además, explica precisamente de qué particular manera se
ajusta
a esas variables en cada uno de los sistemas que analiza, adoptando
–como
destaca el autor– caracteres multiformes cuyas estructuras jurídicas
suelen ser
un valladar muy tenue frente a la realidad política.
En
este sentido, la radiografía pormenorizada que la obra ofrece de la
realidad
jurídica, institucional y política de cada uno de los países cuyo
modelo
estudia es realmente destacable. Sistemas sustancialmente distintos del
nuestro, con funcionamientos complejos y muchas veces explicables sólo
a través
de la tradición, las convenciones y las decisiones judiciales o la
práctica
institucional, son comprendidos por el autor con una mirada y capacidad
que
parece propia de un jurista del sistema estudiado. Esto, lógicamente,
le
permite explicarlos con tal claridad y sencillez al lector que,
nuevamente, no
deja de sorprender.
La
obra concluye, finalmente, con una síntesis de algunos de los valiosos
aportes
que el estudio plasmado en el libro ofrece a la ciencia del derecho,
bajo la
forma de dos reflexiones agudas. La primera, que toma la crítica de
Loewenstein
sobre la necesidad de considerar en la separación de poderes la
“función de
control”, en la que precisa que la diferencia entre cada uno de los
modelos
estudiados no está dada por el diseño físico de la Administración, sino
por el
modo y grado de control al que está sometida por los restantes poderes.
La
segunda, en la que concluye que no existe una teoría universal de la
separación
de poderes, sino diferentes “doctrinas” que –aunque persiguiendo el fin
común
de limitar el poder y asegurar las libertades individuales– apuntan a
establecer el sistema más adecuado a las circunstancias históricas,
idiosincrasias, costumbres y tradiciones de cada país, con el objeto de
lograr
un gobierno limitado en el que los órganos que ejercen el poder estatal
se
controlen recíprocamente.
Se
trata, en definitiva, de un libro de teoría e historia constitucional,
que
disecciona la separación de poderes con gran erudición, claridad y
profundidad,
lo que permite a cualquier lector comprender cómo esa doctrina
aparentemente
sencilla –pero en verdad muy compleja– existe y funciona hoy en los
principales
sistemas jurídicos del derecho comparado, que fueron fuente de
inspiración de
la gran mayoría de las constituciones hoy vigentes.
En
buena medida, la obra efectúa una reformulación de la doctrina
tradicional de
la separación de poderes a la luz de la realidad jurídica y política
actual de
los países más representativos de los principales modelos que hoy
asume.
En
suma, creo no equivocarme al decir que hace tiempo no se publica una
obra tan
profunda, seria y relevante sobre un tema central del derecho
constitucional
del poder y tan caro a las libertades individuales.
Citar: elDial.com - CC5E40
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